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Cómo nos afecta la primavera a la hora de conducir

En los meses de primavera disfrutamos del sol y las buenas temperaturas, pero pueden darse distintos cambios atmosféricos, como las tormentas que implican tomar precauciones para conducir de forma segura.

Consejos para una conducción ideal en primavera

Durante la estación más inestable del año debemos extremar las medidas al volante, especialmente ante las inclemencias del tiempo tendremos que encender las luces de cruce que son necesarias para ser vistos por otros conductores.

Algunas de las precauciones más relevantes a tener en cuenta, son las siguientes:

  • Evitar el efecto aquaplaning con los frenazos.
  • Mantener la distancia de seguridad que se aconseja al conducir cuando tenemos delante otros coches.
  • Descansar en un sitio seguro cuando llueve demasiado, evitando la peligrosidad.

Otros consejos prácticos para la época primaveral que afecta a muchos conductores alérgicos, son:

  • Mantener cerradas las ventanillas del coche para evitar las reacciones propias de las alergias que se producen por el contacto con el exterior.
  • Encender el aire acondicionado, controlando antes del viaje que los conductos de la ventilación están limpios y en la mayoría de los vehículos se pueden colocar filtros para polen.
  • Eliminar el polvo y los ácaros acumulados en el interior del coche con una higiene adecuada para no agravar las alergias propias de la primavera.

Todas las acciones que podemos llevar a cabo son imprescindibles para evitar incidencias en la carretera.

Claves importantes para conducir en primavera

Los expertos recomiendan las principales pautas para ayudar a los conductores a mantener un viaje seguro en los meses más primaverales. Como datos a considerar para conducir sin problemas, podemos mencionar estos aspectos:

  • Poner a punto el coche con las revisiones mecánicas periódicas, comprobando los frenos.
  • Verificar el alumbrado, reglajes y antiniebla.
  • Verificar los limpiaparabrisas y escobillas.
  • Asegurar los frenos con los controles mensuales del aceite y líquidos propios del vehículo.
  • Limpiar los cristales, retrovisores o faros, entre otros accesorios.
  • Verificar el buen estado de los neumáticos para una correcta adherencia que evitará posibles deslizamientos.
  • Consultar los servicios de la DGT para estar informados y planificar en primavera el viaje.

Por otra parte, siempre será imprescindible llevar los recambios como juegos de luces, herramientas, rueda de repuesto y dos triángulos de señalización.

En viajes a las montañas y otros lugares considerados de difícil acceso no pueden faltar elementos, como linternas de emergencia, cadenas, rascador para nieve, guantes o bayeta antivaho.

En caso de planificar un destino con condiciones meteorológicas poco favorables, recuerda solicitar información y conocer de primera mano las recomendaciones del Servicio de Información de Tráfico.

¡Infórmate del tiempo en el destino elegido! Comprueba los datos de previsión para los próximos días, consultando la información del Instituto Nacional de Meteorología en la zona.

Programa con varios días de anticipación tu viaje y evita los lugares con condiciones más adversas, siempre puedes cambiar tu destino. Y, planifica las paradas de descanso para prever el trayecto y llegar a tiempo.

Gestiona las cargas para un perfecto equilibrio y reparte el peso adecuadamente, sin olvidar que el depósito de tu coche debe estar lleno para evitar situaciones de riesgo.

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Ya podemos llevar el permiso de conducir en el móvil

Noticia de la Dirección General de Tráfico

Nueva herramienta digital

Tráfico lanza miDGT, la nueva aplicación que personaliza la relación del ciudadano con el Organismo. El objetivo es ofrecer al ciudadano herramientas para evitar desplazamientos. El permiso digital en el móvil tiene la misma validez legal que en formato físico pero solo en territorio nacional.

La aplicación irá incluyendo nuevas funcionalidades como la matriculación, la transferencia de vehículos entre particulares,  el informe de vehículos, entre otros.

Con motivo del estado de alarma en el que se encuentra  el país en el que la movilidad de las personas está limitada a situaciones concretas, tal y como recoge el RD463/2020 declaración del estado de alarma, la Dirección General de Tráfico ha lanzado su nueva aplicación móvil miDGT, como otra herramienta más, disponible, para evitar desplazamientos y para que el ciudadano se relacione con la DGT.

Desde que se suspendió temporalmente la atención presencial en las jefaturas de tráfico por lo que el Organismo está trabajando en incrementar los canales para la realización de los tramites demandados por los ciudadanos.

La aplicación permite que cualquier conductor o titular de un vehículo pueda llevar tanto el permiso de conducción como el resto de documentación del vehículo en el móvil, así como hacer alguna gestión administrativa.

El pasado mes de febrero, se lanzó la aplicación en fase de pruebas con una buena acogida y desde hace unos días se ha abierto al público produciéndose más de 200.000 descargas que se suman a las más de 30.000 que se produjeron durante la fase beta de la aplicación.  Durante los cuatro primeros días de funcionamiento, 170.000 personas han accedido a su permiso de conducción digital y a los datos de sus vehículos. Asimismo 50.000 personas han actualizado sus datos de contacto para recibir avisos de la DGT y 20.000 personas han consultado su domicilio de notificaciones en el padrón y de ellos 6.000 lo han actualizado.

PASOS A SEGUIR

Antes de proceder a la descarga de la aplicación es necesario estar dado de alta en el sistema cl@ve, que es la plataforma de identificación segura para relacionarse electrónicamente con la Administración General del Estado. A continuación proceder a la descarga gratuita de la aplicación oficial tanto en iOS como Android, con un diseño intuitivo y amable, para facilitarle al ciudadano encontrar la información que se desea, así como hacer sencillo su acceso.

Una vez que se ha  identificado el usuario con cl@ve, los accesos sucesivos se realizarán con la huella o el patrón de seguridad registrado en el dispositivo.

En la pantalla inicial, el ciudadano ya puede acceder a:

  • Disponer del permiso de conducir en el teléfono móvil.
  • Disponer del permiso de circulación y de la ficha técnica electrónica de su vehículo, así como consultar los principales datos de sus vehículos como  ITV, seguro, distintivo ambiental…
  • Consultar su saldo de puntos.
  • Consultar y actualizar los datos de contacto y el domicilio que están en los registros de la DGT.
  • Recibir avisos y alertas de interés
  •  Acceder a noticias relevantes sobre el tráfico y la seguridad vial.

No obstante, progresivamente la aplicación va a ir incorporando nuevas funcionalidades  con el objeto de facilitar la vida al ciudadano y ofrecer nuevos servicios de forma simple y amigable. Algunas de las futuras funciones serán:

Solicitar cita previa en la oficina más cercana.

  • Obtención del informe del vehículo.
  • Aviso y pago de sanciones.
  • Identificación del conductor en caso de denuncia.
  • Verificación de documentos oficiales
  • Comunicación del conductor habitual del vehículo.
  • Consulta notas de examen.
  • Matriculación de vehículos.
  • Transferencia de vehículos entre particulares.

VALIDEZ EN TERRITORIO NACIONAL

Dicha documentación tiene la misma validez que el documento en soporte físico a efectos de Tráfico, pero solo en territorio nacional, ya que en el extranjero será necesario llevar dichos documentos en soporte físico.

Los agentes de la autoridad podrán conocer en tiempo real la información que se suministra en el móvil y verificar mediante la lectura de un código QR de un único uso generado por la propia aplicación dicha información desde las tablets que llevan los agentes y ver información actualizada sobre permisos y validez de los mismos. Los permisos de conducción y circulación en el móvil incorporan marcas visuales para dificultar el fraude.

No obstante y pese a la validez del soporte del teléfono, se recomienda llevar los permisos en formato físico, puesto que la verificación de los mismos en el móvil sólo la pueden hacer los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Progresivamente se va facilitar al resto de cuerpos de vigilancia del tráfico que los soliciten las herramientas necesarias para la verificación de estos permisos digitales.

PIONERO EN EL MUNDO

En la Unión Europea existen ya iniciativas similares a miDGT, pero enfocadas sobre todo a la incorporación del permiso de conducir en el móvil. Es el caso de Finlandia  que ha incluido en su aplicación móvil piloto tanto el permiso de conducir como información técnica del vehículo y el envío de recordatorios  e información al usuario y que tiene previsto evolucionar hacia el modelo de miDGT incorporando también otros servicios electrónicos. En Noruega también es posible llevar el permiso de conducción en el móvil

Se está estudiando también su implementación en otros países europeos con distintos grados de avance y se está trabajando en un estándar de interoperabilidad internacional tanto del permiso de conducir digital, como más recientemente del permiso de circulación digital.

COMPROMISO DE MODERNIZACIÓN

La DGT es uno de los organismos de la Administración General del Estado con presencia en todo el territorio nacional y uno de los objetivos que tiene es el de proveer la gestión automatizada de todos los trámites y servicios asociados a los conductores y vehículos sin necesidad de que los ciudadanos se desplacen y puedan realizarlo a cualquier hora y desde cualquier lugar.

La Dirección General de Tráfico lleva tiempo apostando por la digitalización de sus servicios y así lo acredita el volumen de su tramitación digital, con 450 millones de consultas online a los Registros de Conductores y Vehículos, cerca de 150 millones de trámites y consultas realizados online por ciudadanos, empresas y entidades colaboradoras de la DGT, y más de 600 millones de euros en tasas y sanciones pagadas por Internet.

Aun así, es mucho mayor el volumen de tramitación de la DGT, que solo en el año pasado fue de:

En la actualidad, ya hay numerosos trámites que se pueden realizar por vía digital desde la sede electrónica de la DGT como es el duplicado del permiso de conducir, la solicitud del Permiso Internacional, el informe del vehículos, el pago de denuncias o la identificación del conductor son gestiones que ya  se pueden hacer a través de la Sede Electrónica de la DGT.

miDGT es un paso más, redoblando la apuesta con servicios personalizados para facilitar la relación directa con el ciudadano a través del  móvil.

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La DGT concede 60 días para renovar, tras el estado de alarma

La Dirección General de Tráfico recuerda que los permisos de conducción caducados durante el estado de alarma mantienen su vigencia hasta 60 días después de finalizar dicha situación excepcional

La apertura el próximo lunes 11 de mayo de la mayoría de los centros de reconocimiento de conductores, lleva a  la Dirección General de Tráfico a recordar a los ciudadanos que los permisos de conducción que hayan caducado durante el estado de alarma mantienen su vigencia durante dicho periodo y hasta 60 días hábiles después de finalizado el mismo.

La renovación del permiso de conducción puede realizarse en los centros de reconocimiento sin necesidad de que el ciudadano se tenga que desplazar a la Jefatura Provincial de Tráfico, cuya atención al público todavía está suspendida por la declaración del estado de alarma.

Tráfico también recuerda que la suspensión de los plazos administrativos recogida en el Real Decreto de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Coronavirus también alcanza a la  validez de 90 días de los informes médicos  que no se hubieran incorporado a un expediente para la obtención o prórroga de vigencia de una autorización administrativa para conducir,  la cual se verá incrementada por el tiempo que permanezca vigente el estado de alarma.

Durante todo el periodo de pandemia, la DGT y la asociación representativa del sector de centros de reconocimiento ASECEMP han mantenido y siguen  manteniendo contacto para consensuar aquellas medidas  que afectan a los conductores. Según Maria José Aparicio, subdirectora adjunta de Formación y Educación Vial de la DGT “La apertura de estos centros, manteniendo todas las medidas sanitarias requeridas para dar seguridad y poder prestar el servicio adecuado a los ciudadanos y a los trabajadores de dichos centros,  es un primer paso hacia la nueva normalidad.”

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Así cambiarán las revisiones médicas de conducción por el coronavirus

Aunque por el momento los Centros de Reconocimiento de Conductores permanecen cerrados, ofrecen servicios telemáticos para resolver las dudas de los conductores.

La declaración del estado de alarma, el pasado 14 de marzo, ha conllevado grandes cambios en los hábitos de la población, en cuarentena para detener la cadena de contagios del coronavirus. Aunque el presidente español, Pedro Sánchez, ha prolongado esta situación hasta el 9 de mayo, el Gobierno tiene la intención de iniciar el desconfinamiento paulativo de los ciudadanos en las próximas semanas, de modo que se pueda volver poco a poco a la normalidad minimizando los riesgos para la salud.

De todos modos, falta mucho tiempo para que todo vuelva a ser como antes de esta crisis. Y la reactivación de las actividades profesionales se realizará con medidas de seguridad sanitarias que mantengan a raya el virus. El distanciamiento social y el uso de equipaciones de protección, como mascarillas y guantes, serán habituales en numerosos lugares de trabajo. Entre ellos, los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC), que se vieron obligados a cerrar sus puertas debido a que la Dirección General de Tráfico (DGT) paralizó los plazos de caducidad de los permisos de conducción y no constituían un servicio de primera necesidad.

De cara a la reapertura de estos establecimientos, GENERAL ASDE, una empresa dedicada al diseño, fabricación y mantenimiento de producto sanitario, ha enviado a estos centros un protocolo de prevención de riesgos para evitar la propagación del virus cuando reinicien sus servicios.

El dato

El protocolo propone que se limite el aforo máximo a un máximo de 3 conductores de forma simultánea dentro, que se hagan controles de acceso y que se informe a los usuarios de sus obligaciones

En este sentido, y con el objetivo de asegurar la distancia de seguridad de 2 metros entre personas, el protocolo propone que se limite el aforo a un máximo de tres conductores de forma simultánea dentro de estos centros, que se hagan controles de acceso para cumplir esta medida y que se informe a los conductores de la obligación de respetar las normas.

Asimismo, en el protocolo se apunta que los CRC deberían tener dispensadores con solución hidroalcohólica para uso del personal y los clientes, mascarillas quirúrgicas, guantes de nitrilo de diferentes tallas, información visual para proporcionar instrucciones preventivas, jabón de manos y papel desechable, productos de limpieza y toallitas desinfectantes.

Los centros deberán realizar limpiezas diarias, siguiendo el protocolo del Ministerio de Sanidad, ventilar como mínimo 10 minutos al día las consultas cerradas y limpiar y desinfectar exhaustivamente aquellos puntos críticos como pulsadores, pomos, telefonillos,etc.

A su vez, tanto el personal como los clientes deberán limpiarse las manos como medida principal de prevención, cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca, usar guantes y mascarillas, mantener la distancia de 2 metros y aplicar la máxima seguridad con las menores molestias para realizar el reconocimiento.

Algunas fuentes aseguran que, aunque aún pueden abrir sus puertas, ya han comprado «mascarillas, mascaras enteras y guantes tanto para los clientes como para los trabajadores». Asimismo, están «imprimiendo información importante para repartir por el centro médico sobre protocolo para lavarse las manos correctamente, la limpieza del centro, etc.»

A pesar de que por el momento estos centros permanecen cerrados, sí que ofrecen servicios telemáticos y «a lo largo de estas semanas de confinamiento hemos recibido varias llamadas y reservas online de conductores que preguntan qué sucede si su carnet de conducir está caducado. Nosotros les informamos y cogemos sus datos para llamarles cuando esto pase».

Tal como ha explicado la DGT, los permisos cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma quedan automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días después de su finalización. Así pues, no es necesario realizar ninguna gestión al respecto durante este tiempo. Y los agentes no multarán por ello.

Las oficinas de Tráfico estan cerradas al público mientras dure el estado de alarma, y se han cancelado las citas previamente asignadas. Cabe recordar que la DGT ofrece la posibilidad de acceder a prácticamente todos sus trámites de manera telemática a través de su web o con la app MiDGT.

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¿Qué ocurre si nos caduca la garantía del coche durante el estado de alarma?

La pandemia del coronavirus ha trastocado el día a día de la vida de los ciudadanos, obligados al confinamiento desde el pasado 14 de marzo cuando se decretó el estado de alarma en España. Desde entonces, sus hábitos se han visto afectados y no cuentan con la posibilidad de realizar sus tareas cotidianas con la normalidad de antes. Si bien desde el 13 de abril el Gobierno permite que alguno de los trabajadores no esenciales puedan regresar a sus centros laborales, aún quedan muchos establecimientos que mantienen sus puertas cerradas al público.

Talleres y concesionarios de vehículos son algunos de ellos. En el caso de los primeros, sólo están autorizados a efectuar labores de reparación o de mantenimiento de vehículos de trabajadores considerados esenciales. Los concesionarios, en cambio, pueden atender a los ciudadanos en general pero no presencialmente sino a través de otros canales, como el telefónico o el telemático, durante su horario habitual.

En este contexto, los propietarios de vehículos cuya garantía comercial pierda la vigencia durante el estado de alarma pueden estar tranquilos. En todos los casos se les respetará la validez de la misma, aunque se haya superado la fecha de vencimiento, según la respuesta unánime que han dado los portavoces de las marcas contactadas por este diario.

Los fabricantes coinciden a la hora de buscar soluciones para no perjudicar a los propietarios de los vehículos y en todos los casos optan por extender la garantía

En general, se pretende enviar un mensaje tranquilizador a los propietarios de los vehículos y anunciarles que la garantía comercial «no va a prescribir» durante el periodo en el que esté vigente el estado de alarma. En el caso de Kia, la compañía surcoreana ha lanzado un plan mundial denominado Kia Promise que prorroga automáticamente las garantías originales cuya fecha de vencimiento esté comprendida entre el 1 de febrero y el 30 de abril. En España la medida se aplicará hasta el 30 de junio.

Fiat ha decidido que todos los vehículos cuya garantía o extensión de garantía finalice durante el estado de alarma o el cierre de sus instalaciones por la Covid-19 recibirán «un mes de cobertura adicional» desde que el Gobierno decrete el final del confinamiento. Asimismo, afirma que el mantenimiento programado que no se realice dentro del plan de servicio «no invalidará cualquier cobertura activa de garantía o extensión de garantía» siempre que el mantenimiento programado se realice en el mes siguiente desde que se decrete el final del estado de alarma. «No vamos a dejar ningún cliente sin atender y cada caso se tratará con la sensibilidad necesaria que se requiere en estos momentos tan excepcionales», concluyen desde la firma italiana.

Tratar con atención al cliente es la máxima que se imponen las marcas para afrontar la vuelta a la rutina durante los próximos meses. Incluso si no han definido aún cómo van a tratar el caso de las garantías que hayan perdido la vigencia durante el confinamiento. Desde Peugeot apuntan que están estudiando qué hacer para «reducir en lo posible el impacto de la crisis y la paralización sobre los clientes, especialmente cuando ellos no son los responsables».

Nissan reaccionó con celeridad a la inquietud de sus clientes y el 16 de marzo, dos días después de que se decretara el estado de alarma, informó a través de su página web acerca de las medidas que iba a poner en marcha para atender sus demandas. Una de ellas es alargar durante 60 días el periodo de vigencia de la garantía de los vehículos que venzan durante el estado de alarma. «La red de concesionarios está informada de todas las medidas que hemos tomado para que no tengan que ser los clientes quienes les comuniquen sobre la caducidad de sus garantías», indica una fuente de la marca japonesa.

Desde Seat y Renault han señalado a este medio que las garantías «no van a prescribir» durante el estado de alarma, sin precisar hasta qué punto quedarán prorrogadas, lo mismo que Audi. La marca alemana subraya además que la mayoría de los vehículos que hayan agotado la garantía a partir del 14 de marzo, fecha en la que entró en vigor el estado de alarma, apenas han rodado desde entonces, por lo que no añadirán demasiados kilómetros más a los que acumulaban antes del confinamiento.

Los fabricantes de automóviles están obligados a ofrecer a sus clientes una garantía de dos años en la adquisición de un vehículo nuevo, de acuerdo con la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Este plazo de dos años se refiere al periodo de responsabilidad que tiene el vendedor respecto de los defectos de fábrica que pudieran manifestarse a partir de la entrega del vehículo. El artículo 125 de la citada ley especifica los términos del acuerdo.

La garantía deberá formalizarse siempre por escrito o en cualquier soporte duradero, y a petición del consumidor, al menos, en castellano, y debe expresar lo siguiente:

a) El bien sobre el que recaiga la garantía.

b) El nombre y la dirección del garante.

c) Que la garantía no afecta a los derechos legales del consumidor y usuario ante la falta de conformidad de los productos con el contrato.

d) Los derechos, adicionales a los legales, que se conceden al consumidor y usuario como titular de la garantía.

e) El plazo de duración de la garantía y su alcance territorial.

f) Las vías de reclamación de que dispone el consumidor y usuario.

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¿Influye mucho la vista en la conducción?

Seguro que alguna vez te han recomendado poner «los cinco sentidos» en la conducción. Pero, ¿te has parado a pensar la trascendencia que tiene uno de ellos cuando conduces?. Sin duda, la vista es el sentido más importante cuando nos ponemos al volante, ya que el 90 por ciento de la información nos llega por esa vía. 

Resulta fundamental, por tanto, mantener una vista en correcto estado y no sobre-esforzarla. La fatiga visual disminuye la capacidad de los ojos para retener imágenes en la retina, circunstancia que puede desencadenar ciertos errores de percepción. Y es que la vista, junto con la anticipación o el espacio son premisas de seguridad imprescindibles a la hora de conducir.

Algunos estudios concluyen que la mitad de los conductores padecen algún tipo de alteración en los ojos. La miopía es uno de los más usuales y provoca pérdida de agudeza visual, especialmente, en distancias largas. Astigmatismo o hipermetropía son otros defectos, que pueden hacer que veamos borrosos o deformados los objetos.

Si conduces de noche, debes saber que tal circunstancia te equipara a una persona con una miopía de una dioptría. Además, ten en cuenta la fatiga visual que se provoca en tus ojos, debido a la constante acomodación que están obligadas a realizar las pupilas. Añade, igualmente, factores externos como la suciedad del parabrisas, las luces de los coches que circulan en sentido contrario o las marcas viales y tendrás un auténtico cóctel molotov contra tus ojos.

La naturaleza ha preparado al hombre para circular a 5 km/h, la velocidad a la que camina. Por ello, si deseas conducir con seguridad debes compensar esa limitación con las siguientes técnicas:

• Mirar a lo lejos, para ganar anticipación y tomar decisiones cuanto antes.

• Utilizar los retrovisores de forma continua y no sólo al maniobrar.

• Observar los márgenes de la carretera.

• Girar la cabeza ligeramente para chequear el ángulo muerto, especialmente en incorporaciones o cambios de carril.

Es crucial que revises tu vista al menos una vez al año. Ten presente que los controles obligatorios para renovar el carnet de conducir no son suficientes. Si necesitas gafas, es aconsejable que estén bien limpias y que lleves siempre unas de repuesto en el coche. Por otra parte, procura hacer paradas cada cierto tiempo, para evitar la fatiga visual. Tus ojos y tu seguridad te lo agradecerán.

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Qué pasa si te caduca la ITV durante el estado de alarma

La crisis por el coronavirus ha alterado el funcionamiento de las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos

Llevar el automóvil a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es algo que seguramente todos hemos hecho alguna vez. Se trata de someterlo a un examen mediante el cual se verifica que cumple con las condiciones exigidas para su circulación en las vías públicas. Dependiendo de la fecha de su primera matriculación y del uso que tiene (particular o profesional), cambia la periodicidad con la que se debe pasar la revisión. Cuando el resultado de la inspección es favorable, se obtiene una pegatina que autentifica el buen estado del vehículo durante un periodo que oscila entre los seis meses y dos años.

Normalmente hay que pedir cita previa para acudir a las estaciones de ITV, por lo que muchos conductores que tienen confirmada una reserva que coincide con el actual estado de alarma desconocen si deben llevar a revisar su automóvil, como habían acordado, o bien pueden demorar la visita durante los próximos 15 días.

La cuestión no es menor dado que circular con la ITV caducada es una infracción recogida en el artículo 65.4 de la Ley de Seguridad Vial que está castigada con una sanción económica de 200 euros, aunque no supone la pérdida de puntos del carnet de conducir. La Dirección General de Tráfico (DGT), responsable de la seguridad vial en España, no tiene la capacidad de pronunciarse acerca de ello, ya que la ITV no depende del Ministerio del Interior, sino del de Industria, que tiene transferidas las competencias a las Comunidades Autónomas.

Sin embargo, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2020, por el que se declara el estado de alarma, hace referencia en su disposición adicional tercera a la suspensión de plazos administrativos. En el punto 1 se establece lo siguiente: “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”. Por lo tanto, los agentes de la autoridad no van a sancionar durante este periodo a los conductores que circulen con un vehículo que tenga caducada la ITV dentro de estos 15 días.

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El Ministerio prorroga durante 60 días la vigencia de los carnés de conducir que caduquen durante el estado de alarma

Establece además que quedarán exentos de las restricciones de circulación que se puedan decretar los vehículos de distribución de medicamentos, material sanitario y alimentos y de otros servicios esenciales.

El Ministerio del Interior ha dictado una orden por la que se prorroga durante 60 días la vigencia de los permisos de conducir que caduquen durante el estado de alarma.

La orden, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), señala que «los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización».

La resolución, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, también afecta a los permisos de conducción extranjeros válidos para conducir en España. La ley establece que estos permisos son válidos durante seis meses desde la llegada a España y que, vencido ese plazo, los conductores extranjeros deben canjear el permiso de su país por uno español.

La orden publicada hoy en el BOE establece que el cómputo de esos seis meses queda paralizado durante el estado de alarma, y se reanudará una vez finalizado ese periodo. Por lo tanto, los permisos de conducción extranjeros para los que no haya vencido los seis meses legales siguen siendo válidos durante el estado de alarma.

RESTRICCIONES PARA LOS VEHÍCULOS ESENCIALES

La resolución también afecta a determinados vehículos que prestan servicios esenciales como la distribución de medicamentos, material sanitario o alimentos.

El Real Decreto por el que se estableció el estado de alarma señala que el ministro del Interior «podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos».

La orden dictada este sábado señala que estas restricciones que se puedan establecer no afectarán a:

a) Los vehículos de auxilio en carretera.

b) Los vehículos y servicios de conservación y mantenimiento de carreteras.

c) Los vehículos de distribución de medicamentos y material sanitario.

d) Los vehículos de recogida de residuos sólidos urbanos.

e) Los vehículos destinados a la distribución de alimentos.

f) El transporte de materiales fundentes.

g) Los vehículos destinados a transporte de combustibles.

h) Los vehículos de transporte de ganado vivo.

i) El transporte de mercancías perecederas (frutas,  verduras frescas y otros),  siempre que la mercancía perecedera suponga al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupe la mitad del volumen de carga útil del vehículo.

j) Los vehículos de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.

Las restricciones tampoco afectarán a otros vehículos «que contribuyen a garantizar el suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales para la población».

El propio Real Decreto de estado de alarma ya señalaba que esas restricciones no afectaban a los vehículos de emergencia ni a los vehículos policiales.

La orden firmada por el ministro del Interior ha sido dictada, como el resto de las resoluciones establecidas al amparo del Real Decreto de estado de alarma, con el fin de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. En este apartado, el objetivo es garantizar el abastecimiento de bienes de primera necesidad y la prestación de servicios esenciales para la sociedad.

Para hacer efectiva  esta medida y garantizar la unidad y coordinación en su ejecución, la orden establece que el  Director General de Tráfico, Pere Navarro, informe de la misma «a los responsables de tráfico de las Comunidades Autónomas, o, en su caso, de las entidades locales que tienen asumidas competencias en materia de tráfico».

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Pasar la ITV a la moto. Todo lo que necesitamos saber

La temida Inspección Técnica de Vehículos es un trámite que, más que ponernos a prueba a nosotros mismos, nos da la seguridad de poder circular en buenas condiciones con nuestra moto. La obligación de pasar la ITV en centros especializados es una gestión que nos debe animar a mantener nuestro vehículo bien cuidado y con todo en regla.

¿Cada cuánto tengo que pasar la ITV a mi moto?

Es la duda número 1 en relación a este tema y más si eres un motorista reciente. La ITV de motos y coches no es igual –aunque presente similitudes–, como tampoco es igual dentro de cada variante en los vehículos de dos ruedas. Por lo general has de estar pendiente de las actualizaciones de la normativa, pues hay casos en los que los periodos y condiciones de la inspección cambian. Por ejemplo, hasta el año 2007 los ciclomotores estaban exentos de pasar la ITV, pero ahora es obligatoria y quizá haya todavía quien no lo sepa.

Apunta esto: desde la primera matriculación de tu moto, la primera ITV es a los 4 años (esto afecta de igual manera a vehículos ligeros, de tres ruedas, cuadriciclos y quads). En el caso de los ciclomotores, la primera visita es tras los primeros 3 años. Hasta aquí todo es bastante similar a los automóviles, las ITV posteriores también serán cada 2 años independientemente de la antigüedad de la moto. Pero a partir de los 10 años, los automóviles pasan la revisión periódica cada año y en el caso de las motos es cada dos.

Adjuntamos la tabla siguiente para que podáis recoger la información de manera más resumida:

Vehículo 1º ITV ITV posteriores ITV >10 años de antigüedad
Moto A los 4 años Cada 2 años Cada 2 años
Vehículo ligero A los 4 años Cada 2 años Cada 2 años
Ciclomotor A los 3 años Cada 2 años Cada 2 años
Automóvil A los 4 años Cada 2 años Cada año

Pasos antes de llevar tu moto a la ITV

Si ha llegado el momento de pasar por la ITV de tu moto, lo primero que has de hacer es pedir cita previa. Puedes hacerlo a través de internet. Tras realizar el pago de la tasa (dependiendo del lugar, existen descuentos por pago online), obtendrás un cupón que tendrás que llevar impreso el día de la inspección. Los precios dependen de la cilindrada de la motocicleta y la Comunidad Autónoma en la que se vaya a pasar la ITV, que puede ser cualquiera del territorio español, independientemente de la provincia en la que matriculaste tu vehículo o de tu residencia habitual.

A continuación, y una vez que ya tengas la fecha y horario para tu inspección, debes asegurarte de que tu moto está preparada para superar la inspección, pues, en caso contrario, tendrás que volver a pagar las tasas y reservar otro día para volver a a pasar por el trámite. Comprueba que dispones de toda la documentación:

  • DNI o pasaporte
  • Ficha técnica de la moto o tarjeta de la última ITV
  • Permiso de circulación
  • Seguro de moto o el último justificante de pago del seguro

Ahora toca mancharse las manos y comprobar que todo funciona correctamente. Lo principal es recordar si tu moto tiene alguna modificación en el bastidor (cuadro o chasis). Cualquier reforma de importancia de los componentes de origen, como una variación de cotas o la sustitución de los muelles de la suspensión, requiere de un certificado de validez. Si debido a un accidente se ha producido algún daño estructural, también tendrás la obligación de volver a pasar la inspección.

Si todo está en orden, entonces es momento de realizar la puesta a punto básica. Comienza por el alumbrado delantero y trasero, poniendo en funcionamiento los intermitentes. A continuación, comprueba el estado de los neumáticos, que los espejos retrovisores no estén dañados y que el asiento presente su textura y tejido en buen estado. Otros elementos como el guardabarros, los agarraderos del pasajero, la matrícula y la pata de cabra deben de estar bien visibles y cumplir su función. En cuanto a la dirección, haz uso del manillar y comprueba que se bloquea correctamente y asegúrate de que tanto los depósitos de aceite como de gasolina no presenten fugas.

¿Qué aspectos se revisan en la inspección?

Desde luego que hay cuestiones que no es posible comprobar en tu propio garaje, por lo que siempre es recomendable que lleves tu moto a la revisión en tu taller de confianza. Cuestiones como el cambio de filtros o el cambio de aceite debe de realizarse de forma regular y siempre es recomendable que un especialista le eche un vistazo al menos cada 7.000 kilómetros (la primera revisión es a los 1.000 kilómetros).

El mantenimiento esencial de la moto –depende del modelo y cilindrada– debería de hacerse en el taller:

  • Cada 10.000 kms: cambio de aceite y filtro
  • Cada 20.000 kms: cambio de bujías, filtro de aire, aceite cardan y caja de cambios
  • Cada 40.000 kms: cambio el filtro de gasolina
  • Tras un año y medio: cambio del líquido de frenos, embrague y agua del circuito refrigeración

Pero volvamos a la ITV. Si has sido responsable con el mantenimiento y cuidados de la moto, no tendrás mayor problema. Allí, los técnicos revisarán la matrícula y el número de chasis, para cotejar los datos con los de Tráfico y confirmar que no se trata de una moto robada o que circula con alguna anomalía. Tras ello, se pondrán el mono de trabajo y revisarán el sistema de alumbrado, la suspensión, los frenos, el sistema de escape (original y homologado), la bocina y cualquier aspecto que parezca dañado o irregular.

Hoy en día, los límites legales en cuanto a emisiones de gases contaminantes son muy restrictivos, por lo que también será un aspecto que tendrán muy en cuenta. El motor, las fugas y los ruidos extraños serán el último punto, junto con la comprobación del dibujo del neumático según los testigos de desgaste de la banda de rodadura de la goma.

  • En caso de ITV favorable: Corrige los defectos leves, pero no tendrás que volver a la estación.
  • En caso de ITV desfavorable: En un plazo de dos meses como máximo, deberás subsanar los defectos y volver a pasar la ITV.
  • En caso de ITV es negativa: Esto ocurre cuando tu moto es considerada como un peligro para ti o los demás y no podrá circular ni para ir al taller.

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Permisos necesarios para llevar una grúa

Una grúa es toda máquina destinada a elevar o mover cargas pesadas suspendidas de un gancho. Para conducir una grúa será necesario poseer un permiso de circulación específico, así como obtener un informe de aptitud psicofísica en un centro médico.

Permisos de circulación necesarios para conducir una grúa

Permiso C1

  • Es necesario tener 18 años y el permiso B en vigor.
  • Autoriza a conducir vehículos destinados a llevar mercancías cuya MMA sea superior a 3.500kg e inferior a 7.500kg. Con un máximo de 9 asientos, incluyendo el del conductor.
  • Estos vehículos pueden llevar enganchado un remolque cuya MMA no supere los 750kg.
  • Obtener este permiso implica la concesión de la autorización BTP (Carnet B de Transporte Prioritario).

Permiso C

  • Es necesario tener 21 años (18 en el caso de tener un certificado de aptitud profesional) y el permiso B en vigor.
  • Autoriza a conducir vehículos destinados a llevar mercancías cuya MMA sea superior a 3.500kg. Con un máximo de 9 asientos, incluyendo el del conductor.
  • Estos vehículos pueden llevar enganchado un remolque cuya MMA no supere los 750kg.
  • Obtener este permiso implica la concesión del permiso C1 y la autorización BTP (Carnet B de Transporte Prioritario).

Para obtener los permisos de conducción C1 y C será necesario superar un examen teórico específico, un examen de maniobras y uno de circulación.

Los permisos C1 i C tendrán un período de vigencia de 5 años. Una vez su titular cumpla los 65 años, tendrán una vigencia de 3 años.

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Cómo debemos viajar con perros, gatos y otras mascotas, en el coche

¿Sabes como deben viajar y transportarse los perros, gatos u otras mascotas en tu coche? Conoce los sistemas de retención disponibles para un viaje seguro

Como ocupantes de un vehículo, los animales de compañía deben ir bien sujetos y protegidos. Las Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (ANFAAC) estima en más de 13 millones el censo de animales de compañía en España, y en un 49,3% los hogares en los que convive alguna mascota.

Los dueños de estos animales deben saber que hay que cumplir algunas normas cuando se viaja con mascotas en un vehículo. Si el animal no viaja bien sujeto y protegido, su dueño o persona responsable se expone a una multa de 100 euros.

Pero más que la multa debe preocuparte la seguridad tanto de tu mascota como de las personas que viajáis en el coche. Un animal suelto puedo provocar distracciones en el conductor, pero aun peor es que se produzca una colisión. ¿Sabes que circulando a 50 km/h un perro de 20 kilos multiplica su peso por 35 y pasaría a pesar 700 kilos? Pondría en grave riesgo la vida de las personas que viajan en el coche.

Un animal suelto en el coche es un peligro ya que …

  • Aumenta la distracción del conductor.
  • Puede interferir en la conducción al subirse encima del conductor o al afectar a los sistemas mecánicos (pedales, cambio de marchas, etc).
  • Supone un riesgo para el resto de usuarios de la vía, tal es el caso de un perro con la cabeza asomando por la ventana, por el riesgo de caída que esto supone.
  • Puede provocar daños muy graves e, incluso, mortales, al resto de ocupantes en caso de frenazo o impacto.

Sistemas de retención para el transporte de perros, gatos y otras mascotas en el coche

Elige un sistema de retención que haya demostrado su eficacia mediante ensayos de choque o que están homologados mediante normas europeas, por ejemplo, ECE R17 o DIN 75410-2. Los hay de diferentes tipos en función de la talla o peso del animal:

Arneses

Recomendados especialmente para perros. Sujetan a las mascotas mediante el cinturón de seguridad (ten en cuenta su longitud) o los dispositivos Isofix. Los correajes que se enganchan al collar del perro no retienen al animal y supone un riesgo para los pasajeros

Rejilla divisoria

Permite habilitar el maletero para el transporte de animales de gran tamaño en vehículos con portón trasero o familiares. Hay que tener en cuenta la estabilidad tanto de los respaldos de los asientos como del montaje de la rejilla. Las más seguras y recomendadas son las que van montadas desde el techo del vehículo al suelo del maletero y que cumplen las normas DIN 75410-2.

Trasportín

Es uno de los métodos más seguros. Si lo sitúas en el maletero (para perros de gran tamaño) se colocará lo más cerca posible del respaldo y en posición transversal respecto a la dirección de la marcha.
Para pequeñas mascotas, los trasportines se deben colocar dentro del habitáculo, sobre el suelo detrás de los asientos delanteros. Nunca sobre el asiento sujeto por un cinturón de seguridad, ya que las pruebas realizadas ponen de manifiesto que la caja se rompe y la mascota sale despedida a través de la pared del trasportín.

Consejos para un viaje seguro con tu mascota

Las mascotas también pueden pasarlo mal cuando realizan un viaje en coche. Los siguientes consejos te ayudarán a cuidar a tu mascota en el coche.

¿A tu mascota no le gusta viajar sujeta?

Tendrás que acostumbrarla utilizando premios y caricias que refuercen una buena conducta. Viajar correctamente protegida no es negociable.

¿Es propensa a marearse?

Antes de iniciar un viaje en coche visita a un veterinario para que te aconseje algún tranquilizante o medicamento.

¿Qué alimentos debe tomar?

Para evitar problemas gástricos conviene adaptar su alimentación los días previos, pero no realices un cambio drástico justo en el momento de viajar porque le podría causar problemas.

¿Cómo proteger a tu mascota en el coche?

Utilizando un sistema de retención apropiado y situándolo correctamente dentro del vehículo. Nunca coloques objetos a su lado que pudieran causarle daños en caso de frenazo brusco o accidente.

Tu mascota también necesita descansar

A tu animal de compañía también le cansan los viajes: estar parado sin moverse, el calor… Ellos también necesitan airearse fuera del coche cada dos horas de viaje como mucho, beber agua fresca, comer… Cuando le saques del coche pon especial cuidado para evitar que salga corriendo y provoque algún incidente. Pasea tu mascota atada a no ser que haya alguna zona de descanso habilitada.

Cuidado con los golpes de calor dentro del vehículo

Nunca hay que dejar a un animal dentro del coche parado y menos en verano. Si el habitáculo alcanza una temperatura de 40 grados la mascota podría sufrir mareos y pérdida de conciencia. Ten en tener en cuenta que no refrigeran el cuerpo como los humanos.

No olvides incluir a tu mascota en un seguro de viaje

Si no quieres llevarte un disgusto, a la hora de contratar un seguro de viaje asegúrate de que tu mascota está incluida.

Y recuerda que no sólo debes cuidar de tu mascota cuando viaja dentro de un coche, también hay que controlarla cuando se traslada como peatón. Un animal sin control puede estar en peligro, y también ser un riesgo para la seguridad vial.

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10 gestos para los conductores que ayudan a frenar el cambio climático

El reciente acuerdo por el que se aprueba la declaración del Gobierno ante la emergencia climática y ambiental ha despertado de nuevo el interés por frenar el cambio climático. Una exigencia, por parte de la comunidad científica hacia el nuevo Gobierno, que se resume en una acción urgente para salvaguardar: el medio ambiente, la salud y la seguridad de todos. Mientras tanto, ¿qué podemos hacer como conductores y peatones, para frenar el cambio climático?

Conducir menos

Reducir los viajes en coche. Si son cortos use la bici o camine. La CE calculó que si un tercio de los desplazamientos en coche se hiciese en bici se reduciría un 39% el tiempo del trayecto, un 30% su coste y un 25% la contaminación (36% las emisiones de CO2 y un 56% la de NO2). También puede estudiar alternativas como el transporte público o vehículos compartidos, que mejoran la fluidez de las calles. Por ejemplo, si en Madrid y Barcelona circularan, respectivamente, mil vehículos eléctricos, se evitaría la emisión de 2 toneladas de CO2. Además, andar o circular en bici mejora la salud ya que reduce el riesgo de padecer diabetes y enfermedades cardíacas.

Reducir la velocidad

Primero por seguridad ya que una reducción de la velocidad media produce una reducción considerable de las colisiones mortales. Así, rebajar 10 km/h implicaría una caída del 10% de la mortalidad. Además, a 30 km/h el 90% de los peatones atropellados sobrevive, mientras, a partir de 60 km/h, la mortalidad roza el 100%. Y, segundo, por contaminación ya que reducir la velocidad de 50 a 30 km/h rebaja el ruido y los niveles de NO2. Por ejemplo, en Berlín, han bajado en torno al 10-15%. Además, un estudio del Oak Ridge National Laboratory (EE.UU.) destacó incrementos de consumo y de emisiones contaminantes de hasta el 30-40% entre circular a 80 o a 112 km/h.

Utilizar la etiqueta ambiental

Al adquirir un vehículo debemos tener en cuenta la información sobre el consumo y emisiones de CO2 que figura en la etiqueta ambiental. Una etiqueta obligatoria y que debe estar en un lugar visible; si no, solicítela o consulte la guía que cada año publica el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) sobre el consumo de combustible y emisiones de los vehículos. En cuanto a los neumáticos debemos presta atención a su etiqueta que clasifica su eficiencia energética y facilita información sobre su resistencia de rodadura, capacidad de frenada ‘en mojado’ y nivel de ruido. El consumo y agarre se expresan con letras de A (más eficiente) a G (menos eficiente).

Revisar la presión de los neumáticos

Primero, por seguridad, es conveniente revisar la presión de los neumáticos una vez al mes y siempre antes de viajar. La presión excesiva afecta al agarre y la insuficiente, a la estabilidad y comportamiento. Si para pasar de 90 a 70 km/h se necesitan 40 metros, con 1 bar menos de presión se alarga 5 metros. Y, segundo, por ahorro y ecología: con presión insuficiente crece la resistencia a la rodadura y el consumo (–1 bar = 6% consumo). Además, reduce la duración del neumático, debe sustituirse antes y genera un residuo que cuesta reciclar y/o renovar.

Reciclar el vehículo y sus piezas

La baja del vehículo debe realizarse en un Centro Autorizado de Tratamiento de Residuos (CAT), donde reciclarán sus elementos contaminantes. Para ello, hay que realizar el mantenimiento del vehículo en talleres que reciclan correctamente los residuos. Nunca acuda a un taller ilegal. Si usted se cambia el aceite, no lo vierta en la calle ni alcantarillas, llévelo a un punto limpio. Y si sustituye alfombrillas, bombillas, tapacubos, etcétera…, llévelos siempre a un punto limpio.

No arrojar basura ni colillas desde el vehículo

Según el Ministerio de Medio Ambiente, el 3% de los incendios se originan por colillas de cigarrillos abandonadas o arrojadas desde vehículos. Arrojar objetos o colillas desde vehículos en marcha, conlleva multa de 200 € y pérdida de 4 puntos del permiso de conducir. No llegue en vehículo a todas partes y, en zonas forestales, estacione en zonas habilitadas o totalmente despejadas de pastos o matorrales ya que el contacto del tubo de escape podría incendiarlos. Y si detecta un incendio, avise lo antes posible al 112, indicando dónde se encuentra y hacia dónde avanza el fuego.

Cuidar la temperatura dentro del vehículo

La ‘Guía de Buenas Prácticas contra el Cambio Climático’ recomienda 20ºC en invierno, y unos 24ºC en verano, para disminuir el consumo energético. 23-24ºC es suficiente para conseguir sensación de bienestar en el interior del vehículo. Aunque el aire acondicionado incrementa el consumo un 6% –menos si es un climatizador (2-4%) y más en función de la temperatura que fije–, no usarlo es peligroso. Algunos estudios señalan que viajando con una temperatura de 35ºC, el conductor pierde los mismos reflejos que si bebe alcohol. Bajar las ventanillas aumenta la resistencia aerodinámica, aunque a baja velocidad es más eficiente que el aire acondicionado. A alta velocidad, por ruido, entrada de insectos y consumo, es mejor el aire acondicionado.

Evitar la sobrecarga en el vehículo

Rebajar un 10% el peso del vehículo equivale a una reducción de consumo del 6%. Por ello, cuando se circule en coche no hay que llevar objetos y peso innecesario: cadenas en verano o los palos de golf si no va a jugar. Lo mismo se aplica a baca o cofres de techo. Llevarlos instalados incrementa el coeficiente aerodinámico y ‘eleva’ el consumo un 7 y 20% –otras fuentes hablan de 1,5 l/100 km–.

Conducir de forma eficiente

Una conducción sin acelerones y frenazos, a velocidad constante rebaja el consumo y emisiones un 15%. Además, una conducción inteligente y responsable aporta seguridad y confort. Por otro lado, hay que evitar desgaste y ahorrar en mantenimiento de la mecánica como, por ejemplo: frenos, embrague, neumáticos, motor, caja de cambios, etcétera…

Realizar un buen mantenimiento del vehículo

Solo si la salud del motor y vehículo es óptima, este ofrecerá mayor seguridad y mejores consumos y prestaciones y contaminará menos. Neumáticos y frenos en buenas condiciones permitirá frenar mejor ante un suceso inesperado y quizás puede que evite el accidente. Por ejemplo, llevar limpio el filtro del aire –cuesta 10-15 €– reduce consumo y emisiones. Por la misma razón, hay que revisar el catalizador, estado de bujías o inyectores, filtros de combustible y realizar el cambio de aceite. Algunos estudios relacionan no seguir el plan de mantenimiento del vehículo con incrementos de consumo de hasta un 20%.

La subida de temperatura por la contaminación es un motivo evidente del cambio climático. De ahí que la variación en el estado del sistema climático sea una realidad pero aún podemos minimizar sus consecuencias más severas. En definitiva, como conductores y usuarios, debemos tomar cartas en el asunto: andar más, utilizar la bici para trayectos cortos y realizar un buen mantenimiento del vehículo.

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Preguntas frecuentes sobre la ITV

¿Tienes preguntas sobre la Inspección Técnicas de Vehículos (ITV)? Aquí hemos compilado las preguntas más frecuentes relacionadas con este trámite con el fin de resolver tus dudas.

¿Qué es la ITV?

La Inspección Técnica de Vehículos, en sus siglas ITV, tiene como principal objetivo comprobar que el estado general de un vehículo -así como sus elementos de seguridad- le permitan circular sin representar un peligro para sus ocupantes, los usuarios de la vía pública o el medio ambiente.

Dicho de otro modo, la ITV tiene como objetivo final asegurar que los automóviles en circulación mantengan sus condiciones de seguridad por encima de los mínimos exigidos con el fin de disminuir el riesgo de accidentes por causas técnicas y ayudar a proteger el medio ambiente por medio de una reducción de los gases de escape de los vehículos.

¿Cuándo hay que pasar la ITV?

En general, los turismos deben realizar su primera inspección al cumplir el cuarto año desde la fecha de su primera matriculación.

La frecuencia con la que los vehículos deben pasar la ITV se establece en el Artículo 6 del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre y sus modificaciones se encuentras publicadas en el Real Decreto 711/2006 del 9 de junio.

Hemos desarrollado una tabla con los tipos de vehículos más usuales y la frecuencia con la que deben pasar por una estación de ITV, para que puedas consultar de forma fácil cuándo debes pasar la inspección a tu vehículo.

Es importante que tengas en cuenta que la antigüedad se calcula a partir de la fecha de la primera matriculación de un vehículo.

Consulte a continuación la lista de los tipos de vehículos más usuales.

Tabla de frecuencia para pasar la ITV

Ciclomotores de dos ruedas

Hasta 3 años de antigüedad

Exento

Más 3 años de antigüedad

Cada 2 años

Motocicletas, vehículos de 3 ruedas, cuadriciclos y quads

Hasta 4 años de antigüedad

Exento

Más de 4 años de antigüedad

Cada 2 años

Turismos particulares

Hasta 4 años de antigüedad

Exento

De 4 a 10 años de antigüedad

Cada 2 años

Más de 10 años de antigüedad

Cada año

Vehículos ligeros
(furgonetas, furgones y camiones hasta 3.500 kg. de MMA)

Hasta 2 años de antigüedad

Exento

De 2 a 6 años de antigüedad

Cada 2 años

De 6 a 10 años de antigüedad

Cada año

Más de 10 años de antiguedad

Cada 6 meses

Vehículos pesados
(camiones y remolques de más de 3.500 kg. de MMA)

Hasta 10 años de antigüedad

Cada año

Más de 10 años de antigüedad

Cada 6 meses

¿En qué consiste la ITV?

La ITV consiste en una serie de pasos que tu vehículo tendrá que superar satisfactoriamente. Las fases son las siguientes:

Toma de datos

Antes que todo, nada más llegar a la estación de la ITV, deberás dirigirte a las oficinas administrativas junto con la Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos y el Permiso de Circulación. Allí el personal de la estación te atenderá y tomará tus datos y los del automóvil.

La Inspección

Una vez tomados los datos, tu vehículo pasará por una serie de fases que tendrá que superar favorablemente. Estos puntos se encuentran recogidos en el Manual de Procedimiento de Inspección de las estaciones de ITV elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Los apartados de inspección que deberá pasar tu vehículo son los siguientes:

1. Identificación

El primer paso es la identificación del automóvil por medio de la comprobación de los datos de la documentación que has aportado, las placas de matrícula y el número de bastidor.

2. Acondicionamiento exterior e interior del vehículo

Se comprueba que el estado de conservación de los elementos exteriores como la carrocería, limpiaparabrisas, retrovisores, etc., así como los elementos interiores como los asientos, cinturones de seguridad se encuentren en buenas condiciones.

3. Alumbrado y señalización

Para asegurar un correcto funcionamiento de la conducción nocturna, se revisa el estado de la señalización como del alumbrado de vehículo, incluyendo el reglaje.

4. Frenos

Se comprueba la eficacia y el equilibrado de los frenos, teniendo en cuenta que no presenten roturas, deformaciones, fugas en el circuito, etc. que impidan su buen funcionamiento, entre otras cosas.

5. Dirección y suspensión

Para garantizar un buen funcionamiento durante la conducción, se revisan atentamente el estado de la dirección y de la suspensión.

6. Inspección en foso

Esta inspección se realiza situando el vehículo en el foso y mediante movimientos laterales y/o transversales de las ruedas de los ejes, se simulan las reacciones del automóvil al circular permitiendo encontrar posibles holguras, roturas, deformaciones, desgastes, fugas en los ejes, bastidor, transmisión, suspensión, frenos y neumáticos.

7. Emisión de gases contaminantes

Se mide el nivel de emisiones contaminantes que produce un vehículo, en función de su tipo de combustible. De esta forma se busca asegurar que no se superan los límites establecidos por las Directivas Europeas y así asegurar el respeto por el medio ambiente.

8. Resultado final de la inspección

Una vez nuestro vehículo ha superado los puntos anteriores, se procede a la entrega del Informe de Inspección Técnica.

En este informe se establece el resultado de la inspección junto con las deficiencias observadas (en el caso de tenerlas) y su calificación. Si el vehículo ha superado todas las pruebas satisfactoriamente, se cuñará en la ficha técnica del vehículo el sello oficinal de la ITV y la fecha en la que se realizó.

Además, nos darán una pegatina identificativa en la que consta la fecha de validez de la inspección. La tendremos que poner en un lugar visible de nuestro vehículo, de lo contrario nos arriesgaremos a una sanción.

¿Qué documentación hay que presentar para pasar la ITV?

Para superar una inspección periódica tendrás que presentar los siguientes documentos
Si la inspección es periódica deberás llevar:

  • Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (Tarjeta de ITV)
  • Permiso de circulación

En el caso de tratarse de una inspección no periódica, como por ejemplo, la legalización de una reforma o duplicado de la tarjeta de ITV, lo mejor es ponerse en contacto con la estación ITV más cercana para informarte sobre la documentación que deberás aportar, según el tipo de inspección que vayas a realizarle a tu vehículo.

¿Qué sucede si no hago la revisión o la realizo fuera del plazo?

En primer lugar, si no haces la revisión de tu vehículo, y los agentes de tráfico comprueba que la ITV está fuera de plazo te pueden imponer una multa de hasta 1.500€.
En cambio, las ITV no te pueden sancionar por ir a realizar la inspección fuera de plazo. Al contrario, tienen la obligación de llevar a cabo la inspección sin recargo alguno.

¿Qué pasa si mi vehículo no pasa la ITV?

Si nuestro vehículo no consigue superar la inspección técnica, en la estación ITV nos darán hasta dos meses de plazo para arreglar los defectos que han sido detectados. Este plazo variará dependiendo del tipo de defectos que posea nuestro vehículo.
Nos retendrán la tarjeta de ITV por lo que no podremos circular con el vehículo, excepto para su traslado al taller y vuelta a la estación ITV para una nueva inspección.
Si no pasamos la ITV en el plazo que nos han otorgado, la estación remitirá nuestra tarjeta de ITV a la Dirección General de Tráfico (DGT) y propondrá la baja del vehículo.

¿Cuánto cuesta pasar la ITV?

En España pasar la ITV cuesta alrededor de 40 euros para vehículos de gasolina y la cifra se eleva mucho más para vehículos diésel, puesto que estos últimos deben superar una prueba especial de gases.
De cualquier forma, el precio de pasar la ITV variará dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que la realicemos.

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Radares de proximidad: la novedad de la DGT para 2020

Estos dispositivos tienen el objetivo de vigilar que los conductores respeten la distancia de seguridad entre coches y así evitar los accidentes por alcance.

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Conducir implica un alto grado de concentración. Se requiere una buena organización y coordinación de toda la información que nos llega desde el exterior. Un despiste al volante puede convertirse en una situación peligrosa si no somos capaces de reaccionar al momento.

Controlar la velocidad y el respeto de las normas de circulación es básico para garantizar la seguridad en carretera. Solemos asociar los radares con el control de la velocidad, pero no siempre es así. En función de su tipología también pueden llegar a controlar si llevamos el cinturón abrochado o si estamos utilizando el móvil al volante.

En España, la Dirección General de Tráfico (DGT) cuenta con «724 puntos de control de velocidad, 62 radares de tramo, 557 radares móviles en los vehículos de la Agrupación de Tráfico, 10 helicópteros operativos y 8 drones que se encargan de vigilar las carreteras. En total 1.361 puntos de control a los que hay que sumar los que utilizan en la Comunidad de Cataluña, en el País Vasco y en los Ayuntamientos”, según explica Race.

En España, la DGT cuenta con 1.361 puntos de control que se encargan de vigilar las carreteras

El portal informativo autopista.es ha informado de que la DGT tiene preparado un nuevo tipo de radar para el 2020: los radares de proximidad. Estos dispositivos tienen el objetivo de vigilar que los conductores respeten la distancia de seguridad entre coches y así evitar los accidentes por alcance.

Este tipo de radares tienen la capacidad de analizar el estado de las carreteras, de manera que si hay tráfico y la circulación es densa y lenta, el radar dejará de multar porque las condiciones no permiten dejar la distancia necesaria. En caso contrario, cuando la circulación sea fluida, aquellos que no respeten los límites será fotografiados y, posteriormente, multados.

Mantener una distancia de seguridad adecuada es básico para poder reaccionar ante posibles imprevistos. El Reglamento General de Circulación (RGC) lo expresa así: «Todo conductor de un vehículo que circule detrás de otro deberá dejar entre ambos un espacio libre (distancia de seguridad) que le permita detenerse, en caso de frenado brusco, sin colisionar con él, teniendo en cuenta especialmente la velocidad y las condiciones de adherencia y frenado».

Esta distancia no es fija ya que depende de muchos factores como la velocidad, la visibilidad, las condiciones climáticas, el tráfico, etc. No obstante, se recomienda que, para calcularla, dejes 2 segundos de margen entre el vehículo que te precede y el tuyo y, en el caso de que las condiciones meteorológicas no sean las óptimas, es aconsejable ampliarlo hasta 4 segundos.

En aquellos tramos donde una colisión múltiple podría tener consecuencia fatales, como por ejemplo los túneles, la distancia de seguridad debe ampliarse a 100 metros o 4 segundos de intervalo.

No respetar la distancia de seguridad norma acarrea una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir

Según explica la DGT, «a 120 kilómetros por hora, un conductor necesita un mínimo de 66 metros por delante de su vehículo para circular sin riesgo de colisión, 33 de los cuales transcurren en el segundo que tarda en reaccionar al peligro y tocar el freno».

Observar a lo lejos es una precaución muy necesaria para anticiparse a posibles peligros. Actualmente muchos coches ya equipan sistemas de control de velocidad de crucero adaptativo, una tecnología que avisa al conductor cuando no está manteniendo la distancia adecuada e incluso es capaz de intervenir.

Hacia atrás la distancia también es importante, especialmente cuando tenemos la intención de adelantar, de esta forma no obligaremos al resto de vehículos que no siguen a modificar su trayectoria.

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Auxiliar en caso de accidente es una obligación legal

Auxiliar a una víctima de accidente de tráfico, tanto si somos testigos o bien hemos formado parte del accidente, es una obligación no solo moral sino también legal.

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Según el Reglamento General de Circulación y el Código Penal, se considera un delito no solicitar auxilio o socorrer a un herido que esté desamparado o en peligro. Este se denomina delito de omisión del deber de socorro.

El Artículo 129 del Reglamento General de Circulación dice:

“Los usuarios de las vías que se vean implicados en un accidente de tráfico, lo presencien o tengan conocimiento de él, estarán obligados a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimas, si las hubiera, prestar su colaboración para evitar mayores peligros o daños, restablecer, en la medida de lo posible, la seguridad de la circulación y esclarecer los hechos”.

Los Artículos 195 y 196 del Código Penal dicen:

“El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses. En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno. Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años”.

Pero no solamente debemos actuar movidos por la legislación. Está demostrado que es de vital importancia auxiliar u ofrecer ayuda inmediata a un herido en accidente de tráfico ya que los primeros momentos son cruciales. Una reacción rápida y correcta puede ayudar a disminuir hasta un 30% las secuelas graves e incluso la mortalidad del herido.

Se debe actuar con calma y facilitar toda la ayuda que podamos. El protocolo de la regla PAS, que consiste en Proteger, Alertar y Socorrer, nos ayudará a saber cómo reaccionar ante un accidente de tráfico. A continuación, os dejamos un enlace donde encontraréis información útil sobre cual es el comportamiento más adecuado para socorrer de forma correcta.

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Sistemas de ayuda a la conducción en los vehículos utilizados en el examen de conducir

La DGT se adapta a las novedades tecnológicas y ha dado instrucción a sus Jefaturas para permitir que los vehículos de autoescuela que cuenten con sistemas de ayuda puedan ser utilizados en el examen de conducir.

Sistemas de ayuda a la conducción

En septiembre ha entrado en vigor la instrucción para facilitar el examen práctico adaptándose a los nuevos tiempos, disponiendo que los vehículos que tienen incorporados los sistemas de ayuda (ADAS), como los avisadores de aproximación, podrán llevar estos mecanismos durante las pruebas.

Progresivamente se han adaptado a los coches de alta gama, ya sean de serie, como opcionalmente, estos mecanismos de ayuda y desde el año 2012 en los modelos de gama alta, hasta 2016 con los de gama media y actualmente a todas las categorías.

En 2022, está previsto que los sistemas de ayuda sean obligatorios para todos los coches que se encuentran matriculados dentro de la Unión Europea.

Todos los requisitos se actualizan con esta instrucción de la Dirección General de Tráfico para quienes realizan las pruebas correspondientes del carné de conducir, así como los criterios de calificación que permiten una sencilla comprobación del examinador, asegurando la capacidad de circulación del aspirante.

Podrá solicitarse durante el examen de conducir algunos de los sistemas mencionados para comprobar los conocimientos de quien solicita el permiso, algunos son los siguientes:

Star-Stop: es el mecanismo que permite arrancar el coche apagando el motor y encendiendo al pisar el embrague.

AEB: llamado también frenado de emergencia interurbano y urbano, especialmente ante el riesgo de colisión y por despiste de quien conduce. Mediante este sistema el vehículo puede detectar un inminente peligro, tanto generando un aviso al conductor, como tomando el control del coche con una frenada de emergencia ante un caso omiso a la advertencia realizada anteriormente.

Hill Holder: es un sistema de ayuda de salida en pendiente que utiliza este sencillo dispositivo al disponer de un sensor para poder detectar la inclinación del coche, evitando que retroceda al quitar el pie del freno.

RCTA: con las ventajas de esta alerta de tráfico cruzado es posible supervisar lo que sucede en la parte trasera y en sentido transversal cuando se realiza la marcha atrás para aparcar, emitiendo el vehículo un aviso visual o sonoro por aproximación a otro automóvil.

Activación automática: tanto del limpiaparabrisas como del alumbrado, estos sistemas detectan la presencia de lluvia o disminución de la visibilidad a través de un sensor.

EBD: es el aviso de frenada que se produce de emergencia, considerado una ayuda para quienes conducen, principalmente porque el propio coche detecta cuando frena de pronto quien circula por delante.

Sensores de aparcamiento, cámaras 360º y marcha atrás: ninguno de los cuales se deberá confundir con otros sistemas no permitidos para estacionar.

Detección de fatiga: es otro de los mecanismos que alerta a los conductores ante la falta de concentración por sueño o fatiga con el fin de evitar posibles accidentes de tráfico.

Todos los aspirantes al examen de conducir tienen la posibilidad de utilizar coches con cualquiera de los sistemas mencionados que podrán están incorporados durante la evaluación. Por otra parte, serán desactivados en el momento de realizarse el examen los sistemas de ayuda siguientes:

  • Aviso y/o corrección de cambio involuntario de carril.
  • Aviso de estacionamiento total, pero se permite el uso de la cámara de marcha atrás o 360º y los respectivos sensores que se utilizan para el aparcamiento.
  • Control adaptativo de la velocidad (ISA).

Ahora los examinadores pueden solicitar estas comprobaciones previamente a la realización del examen para obtener el permiso de conducir, siguiendo las instrucciones de la DGT que permite llevar estos sistemas incorporados durante estas evaluaciones.

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¿Qué debo hacer si me ha caducado el carnet de conducir?

Todos los permisos de conducir tienen un período de vigencia. Una vez transcurrido este período tendremos que renovarlo.

El permiso de conducir puede renovarse 3 meses antes de que caduque.

Si conducimos con el carnet caducado, nos exponemos a una sanción con una multa de 200€, aunque no supone retirada de puntos.

Tener el carnet de conducir caducado no es sancionable, únicamente lo es si conducimos un vehículo.

¿Qué debo hacer para renovar el carnet de conducir caducado?

Para renovar nuestro carnet de conducir, sólo tienes que acudir a nuestro centro médico para realizar el reconocimiento médico y las pruebas psicotécnicas, igual que en una renovación común.

Actualmente no hay que realizar ningún examen teórico ni práctico para renovar el carnet caducado.

¿Cuánto tiempo de validez tiene nuestro carnet de conducir?

  • Menores de 65 años: cada 10 años
  • Mayores de 65 años: cada 5 años
  • Profesionales (taxistas, conductores de autobús, transportistas…) menores de 65 años: cada 5 años
  • Profesionales (taxistas, conductores de autobús, transportistas…) mayores de 65 años: cada 3 años

Podría darse el caso que el profesional que realiza el reconocimiento médico considere una frecuencia de tiempo más corta de renovación ante una discapacidad o patología.

A continuación os dejamos un enlace donde podéis encontrar más información relacionada con la renovación del permiso de conducir.

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