La normativa solo exige que no moleste al conductor, pero la seguridad depende de más factores, sobre todo cuando las mascotas están cada vez más integradas en la dinámica familiar.
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Integrar a las mascotas en la unidad familiar lleva a repensar su presencia a bordo
Los animales que no se llevan de forma adecuada en el vehículo representan un riesgo significativo de lesiones para todos sus ocupantes, tengan estos dos o cuatro patas. Bienestar animal y seguridad vial se alían en este caso para buscar la fórmula idónea de transporte de las mascotas, sea cual sea su especie –aunque, por pura estadística, los perros dominan– y tamaño.
La presencia de mascotas en los hogares españoles se disparó tras la pandemia. Según la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (Anfaac), el número de perros aumentó un 38% en tres años hasta los 9 millones en 2021. Seis millones de gatos, ocho de peces y otros cinco de pájaros dibujan un panorama doméstico marcado por la cada vez mayor relevancia de los animales en nuestras vidas.
Más allá de las cifras, la simple observación da sobradas pistas de ello: se multiplican los destinos turísticos y las atracciones “dog friendly”, la oferta de productos relacionados con ellos crece exponencialmente y cada vez más sitios públicos admiten la presencia de perros. La consecuencia es inevitable: a mayor integración del animal, mayor necesidad de contar con regulaciones, normas, medios y soluciones que faciliten el día a día de dueños y mascotas.
Como resultado, la movilidad con el animal no ha sido un problema “hasta que la gente decide que ir con su perro al centro comercial o a un restaurante es una buena idea”. La pregunta siguiente es automática: ¿estoy llevándolo de la forma más segura posible?
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LO QUE DICE LA NORMA
La Ley de protección, derechos y bienestar de los animales recién aprobada establece que en los desplazamientos el dueño debe atender “las necesidades fisiológicas y etológicas de los animales” y asegurarse de que el medio de transporte disponga de espacio y garantice “la seguridad vial y la seguridad” de la mascota durante el trayecto, pero no detalla cómo aplicarlo.
Por su parte, el artículo 13 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que el conductor debe garantizar que nada le entorpece ni dificulta su visibilidad. Para eso debe procurar “la adecuada colocación de objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”.
Pero no hay nada concreto y mientras esto se detalla hay que buscar la manera más eficiente de acomodar al animal. Existen unos principios claros: No puede viajar suelto, ni con la cabeza por fuera de la ventanilla, ni sentarse encima del piloto. Tiene que ir sujeto.
“Formas de llevarlos hay multitud. Los perros suelen ir en transportín en la parte de atrás, fijado a los asientos, o con un dispositivo que los ancle a los cinturones de seguridad que ha de ser un arnés, no collar”. Respecto a otras mascotas, cuyo transporte quizá no sea tan habitual más allá del traslado al veterinario, señala que “los gatos siempre en transportín porque pueden hacer locuras sueltos. A veces es conveniente que vayan tapados para que no se estresen, igual que los pájaros que han de ir, lógicamente, en su jaula”.
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SOLUCIONES ESPECÍFICAS
Una vez aceptado que el animal ha de ir bien sujeto, hay que elegir el mejor dispositivo según su peso y tamaño. Y aquí viene el siguiente problema: ¿todo lo que ofrece el mercado está testado y garantiza unos mínimos de seguridad? La respuesta es que no. La oferta es inmensa y los criterios de calidad de los fabricantes son dispares al no existir estándares en cuanto a niveles de resistencia, idoneidad de los materiales, etc. Pero el problema no es solo español. El principio físico es el mismo que para cualquier ocupante de vehículo.
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TRANSPORTÍN ASEGURADO
Una solución eficaz es llevar al animal en el transportín con funda interior y anclado al chasis utilizando cinturones.
Un transportín de plástico por sí solo en el asiento de atrás no resiste en caso de impacto, por mucho que esté amarrado con cinchas o con cinturón de seguridad porque el animal rompe el recipiente. Por eso lo que se propone es una funda que rodee al transportín. Es la funda es lo que retiene al animal, no el transportín.
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MALES MENORES
En cuanto a su colocación, el habitáculo y dentro de él los asientos traseros son la zona más protegida del coche, y ahí es donde se ubica su sistema. La recomendación de colocar el transportín en el suelo, en el hueco bajo los asientos delanteros, está bien si no tienes otra opción, pero hay que tener en cuenta que en caso de impacto lateral es una zona de más fácil atrapamiento.
También se advierte de los riesgos de ponerlo en la parte de atrás del coche por ser una zona de deformación programada del vehículo, aunque se aclara que es una alternativa factible para perros más grandes “y porque hay que dar soluciones”.
En el maletero se puede llevar con un arnés asegurado a los anclajes de los asientos, o en un transportín o jaula transversal a la marcha que en ningún caso puede ir suelta: en los accidentes con vueltas de campana suele abrirse el portón, así que saldría volando, o se rompe la luna. Otra opción habitual es el uso de rejas, que presenta dos problemas: Son lesivas para los animales y generalmente se usan las que se sujetan con ventosas o a los reposacabezas, que no ofrecen ninguna seguridad porque se quitan con la mano. En cualquier caso, aunque se utilicen las que van unidas al chasis protegen al usuario del coche, no al perro.
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PRUEBAS DE IMPACTO
La clave es que el dueño se preocupe por buscar los dispositivos más adecuados a la morfología del animal y, sobre todo, que confirme si han superado pruebas de impacto. Si no, puede tener una falsa sensación de seguridad. Como esto no siempre es fácil de comprobar, sería imprescindible contar con una normativa de homologación en la que se obligue a un transportín o un arnés a pasar pruebas de un impulso de 29 g, como en los SRI, o que no tengan aristas, por ejemplo.
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Una norma ad hoc
El Grupo de Trabajo sobre Seguridad Pasiva (GRSP) de Naciones Unidas fija los estándares de seguridad de los SRI, y a él correspondería desarrollar normas para el transporte de mascotas. Pero el asunto no está en agenda y en cualquier caso todo proceso que inicie tardaría al menos cuatro o cinco años en avanzar. La necesidad de contar ya con unos parámetros fiables llevó a esta compañía a establecer su propia norma de calidad, que actualmente está siendo avalada por una entidad certificadora independiente.
Entre los aspectos que incluye están la resistencia de las correas en diferentes condiciones de humedad, calor, frío, etc; ensayos de corrosión de los componentes metálicos y de fatiga de los mecánicos; pruebas de resistencia de la hebilla y de microdeslizamiento de los ajustadores; de abrasión del cinturón; y ensayos dinámicos con pulso de choque frontal estándar típico para vehículos M1/N1 (GVW ≤ 3500Kg), así como ensayo de vuelco.
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Después del siniestro
Según bomberos especializados en excarcelaciones, no existe protocolo de atención a perros ni de actuación en el momento del siniestro, impera el sentido común de los profesionales que afrontan tarea tan delicada: “A veces primero habrá que sacar al perro, según su estado o la posición en que se encuentre”. Aunque lo más complicado viene cuando se considera qué hacer con el animal: “Alguien ha de hacerse cargo. Normalmente se soluciona gracias a la buena fe de los guardias civiles, operarios de grúa, bomberos, etc.”. La Ley de protección, derechos y bienestar de los animales no habla específicamente de qué hacer en un siniestro vial, pero señala que la Administración local o, subsidiariamente, la autonómica asume la gestión y cuidados de los animales desamparados o cuyos titulares no puedan atenderlos debido a situaciones de vulnerabilidad. Por otra parte, cada vez es más frecuente que los seguros lo incluyan.
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